¿Puedo Facturar a un Familiar siendo Autónomo? Guía de Operaciones Vinculadas
En el mundo de los autónomos, es muy común prestar servicios a personas del entorno cercano. Sin embargo, cuando surge la necesidad de facturar a un familiar directo (cónyuge, padres, hijos o hermanos), saltan las alarmas: ¿Es legal? ¿Se considera un falso autónomo? ¿Hacienda me va a inspeccionar?
La respuesta corta es: Sí, puedes facturar a un familiar, pero con condiciones.
Esta guía te explica cómo gestionar la facturación entre familiares directos cumpliendo estrictamente con la normativa de las operaciones vinculadas y cuándo te interesa más la figura del autónomo colaborador.
Lo básico: ¿Qué es una Operación Vinculada?
El concepto clave aquí es «Operación Vinculada«. Según el artículo 41 de la Ley del IRPF, cualquier transacción económica entre familiares directos se considera vinculada.
Esto implica una regla de oro impuesta por Hacienda para evitar fraudes (como bajar precios artificialmente para pagar menos impuestos): La facturación debe realizarse a valor de mercado.
Debes cobrar a tu familiar exactamente lo mismo que le cobrarías a un cliente desconocido por ese mismo servicio. Si respetas el precio de mercado, cumples con la legalidad.
Ejemplo Práctico: Facturación entre Cónyuges Autónomos
Una duda frecuente que recibimos en MeAsesoran es: «Soy autónoma y quiero facturar mensualmente a mi marido, que también es autónomo, por llevarle las redes sociales»
En este caso, si tú tienes tu propia actividad independiente y simplemente le prestas un servicio (marketing) a su negocio, debes emitir una factura normal a precio de mercado.
- No eres su empleada.
- No eres autónoma colaboradora (porque no trabajas en su negocio, sino para su negocio).
- Es una relación comercial B2B (Business to Business) entre dos profesionales.
Cuándo NO facturar: La figura del Autónomo Colaborador
Es vital no confundir la facturación puntual o regular de servicios con el trabajo estructural.
Si trabajas habitualmente y de forma directa dentro del negocio de tu familiar (por ejemplo, atendiendo el mostrador de la tienda de tu padre o gestionando el día a día de la empresa de tu cónyuge), la figura correcta no es facturarle, sino darte de alta como Autónomo Colaborador.
Requisitos para ser Autónomo Colaborador
- Vínculo Familiar: Cónyuge o familiares hasta segundo grado de consanguinidad.
- Habitualidad: Trabajar de forma regular en el negocio, no algo esporádico.
- Convivencia: Generalmente se requiere convivir con el titular (aunque hay matices).
Si cumples esto, no debes emitir facturas. Debes inscribirte en el RETA como colaborador. Esto tiene ventajas (tramitación más sencilla, bonificaciones en la cuota) y obligaciones propias ante la Seguridad Social.
Pasos para Facturar a un Familiar sin Miedo a Hacienda
Si tu caso es el primero (prestación de servicios independientes) y vas a emitir factura, sigue este checklist de seguridad:
1. Fija el Precio de Mercado
Olvídate de hacer «precio de amigo» o «precio de familiar». Si una consultoría vale 100€/hora, factura 100€/hora. Si Hacienda detecta precios irrisorios, puede ajustar la valoración y sancionarte por la diferencia.
2. Emite la Factura con todos los datos
La factura debe ser impecable legalmente:
- Datos fiscales completos de ambos (NIF, Domicilio).
- Descripción detallada del servicio.
- Base imponible, tipo de IVA y retención de IRPF si procede.
- Fecha de devengo.
3. Documenta la realidad del servicio
En operaciones vinculadas, la carga de la prueba recae sobre ti. Guarda emails, entregables o informes que demuestren que el trabajo se realizó realmente. Esto es tu seguro de vida ante una inspección para demostrar que no es una factura falsa para inflar gastos.
4. Declara la Operación Vinculada
Tanto el emisor como el receptor deben contabilizar la factura. Recuerda que si el volumen de operaciones con la misma persona vinculada supera ciertas cantidades anuales, podrías estar obligado a documentarlo específicamente en el Impuesto de Sociedades (si sois empresa) o tenerlo en cuenta para el Modelo 232 (aunque esto suele aplicar a volúmenes altos o sociedades, no está de más consultarlo).
Preguntas Frecuentes
¿Puedo facturar a mi hermano?
Sí. Si eres diseñador y tu hermano tiene una empresa, puedes facturarle el diseño de su web siempre que sea a precio de mercado. No necesitas ser colaborador si mantienes tu independencia profesional.
¿Puedo facturar a mi hijo?
Exactamente igual. Si le prestas un servicio profesional (abogacía, consultoría, arquitectura), emites factura. Si vas todos los días a su oficina a trabajar como un empleado más, deberías ser autónomo colaborador o asalariado.
Conclusión: Transparencia y Asesoramiento
Facturar a un familiar es legal, pero es una zona donde Hacienda pone la lupa. La clave es la transparencia: precio real, servicio real y factura real.
Si tienes dudas sobre si tu relación laboral encaja mejor como prestación de servicios (factura) o como autónomo colaborador, no te arriesgues. En MeAsesoran analizamos tu situación familiar y profesional para decirte exactamente qué modelo te ahorra problemas y dinero.

